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Glosario de Términos de Bancarrota

Parte 1 de 9

Procedimiento contencioso (adversary proceeding): controversia o demanda litigada dentro del caso de bancarrota. Puede iniciarla el deudor o el acreedor presentando una Citación y una Demanda, y exige presentar una Contestación escrita con todas las defensas. La objeción de un acreedor a la cancelación de deudas es el procedimiento contencioso más común. Véase Fed. R. Bankr. P. 7001-13.

Suspensión automática (automatic stay): suspensión de todas las gestiones de cobro contra el deudor y sus bienes (y contra los codeudores en un procedimiento de Capítulo 13), que se activa automáticamente al presentar la petición de bancarrota. Impide a los acreedores iniciar o continuar gestiones de cobro, ejecutar sentencias, tomar posesión de bienes, crear, perfeccionar o ejecutar gravámenes, o compensar una deuda. La ley BAPCPA limita la aplicación de la suspensión automática o dispone que no se aplique en ciertas situaciones. Véase 11 U.S.C. §362.

BAPCPA: la ley de bancarrota titulada "Bankruptcy Abuse Prevention and Consumer Protection Act of 2005", que entró en vigor el 17 de octubre de 2005. Cambió sustancialmente los requisitos para acceder al Capítulo 7, los requisitos de presentación y el alcance de la cancelación de deudas en esos casos.

Quebrado (bankrupt): deudor que ha recibido la cancelación de deudas en bancarrota.

Bancarrota del consumidor (consumer bankruptcy): procedimiento legal que un deudor individual inicia voluntariamente ante la Corte de Bancarrota. Su propósito es darle un "nuevo comienzo" mediante la cancelación de sus deudas, y tratar con equidad a los acreedores distribuyendo entre ellos, de manera justa, los bienes no exentos del deudor. La bancarrota se rige por el Código de Bancarrota de los Estados Unidos (11 U.S.C.) y las Reglas Federales del Procedimiento de Bancarrota (Fed. R. Bankr. P.).

Capítulo 7: el tipo más común de bancarrota del consumidor. Es un caso presentado ante la Corte de Bancarrota de los Estados Unidos y supervisado por ella, en el que el Síndico de los Estados Unidos designa a un síndico (trustee) para determinar si el deudor cumple los requisitos del Capítulo 7 y para recoger los bienes del deudor que no se hayan declarado o determinado como exentos. Esos bienes se liquidan para pagar a los acreedores. Si hay pocos o ningún bien no exento, no hay nada que liquidar ni reparto alguno para los acreedores; esto se conoce como un caso "sin activos" (no asset case). Al concluir el caso, el deudor recibe la cancelación de las deudas que legalmente pueden cancelarse. Véase 11 U.S.C. Capítulo 7.

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